El proyecto de Real Decreto que desarrolla la implementación de la factura electrónica obligatoria, incluida en la Ley Crea y Crece, se encuentra este mes de marzo en proceso de consulta pública. La norma, aprobada en septiembre de 2022 por el Congreso, supone un gran cambio para las empresas y autónomos en España, quienes estarán obligados a facturar electrónicamente a otros profesionales por la prestación de sus servicios.
El objetivo de la medida, ha indicado el Gobierno, es luchar contra la morosidad comercial, entendida ésta como el incumplimiento de los plazos de pago (60 días naturales como máximo), algo que puede afectar a la liquidez e inversiones previstas por los negocios. Adicionalmente, se busca la estandarización digital del contenido de estas facturas.
Principales ventajas de la facturación electrónica
Entre las principales ventajas de la facturación electrónica está una mayor agilidad y control de los pagos, lo que contribuirá al cumplimiento de la normativa que busca hacer frente a la morosidad general y sectorial. Además, permite integrar todas las funciones de facturación, ofreciendo una mayor rapidez y eficiencia, y reduciendo la carga administrativa y de contabilidad. Por último, supone un impulso más en la digitalización de pymes y autónomos, al aprovechar la tecnología para la automatización de procesos y la reducción de errores.
Para facilitar este proceso, la Administración ha indicado que está estudiando poner a disposición de las empresas una infraestructura básica pública, aunque la tramitación también podrá realizarse a través de otras plataformas. En cualquier caso, el sistema tendrá que ser interoperable, permitiendo la utilización y traducción de los diferentes formatos más utilizados, y estar interconectado con la Agencia Tributaria.
Quedan por definir los detalles en el desarrollo de esta arquitectura de facturación electrónica, que consta de siete puntos clave. Por otro lado, se busca que permita el intercambio de información sobre la fecha de pago efectivo para que se transmita entre las partes interesadas y a Hacienda para su seguimiento.
Plazos para la implementación de este nuevo sistema
Para la implantación de la facturación electrónica obligatoria se han establecido dos plazos. Las empresas de menor tamaño contarán con un periodo transitorio de dos años, mientras que las grandes empresas deberán encararla en 12 meses tras la aprobación del reglamento. Asimismo, se prevé que las pymes y autónomos puedan aprovechar las ayudas del Kit Digital para llevar a cabo todos estos cambios.
En la consulta previa actual se plantea la posibilidad de que existan excepciones o periodos transitorios más amplios a la obligación de remitir y recibir facturas en formato electrónico para determinados casos; también se abordan los requisitos mínimos que deben exigirse para cumplir con los principios de interconexión obligatoria y gratuita, entre otros temas relacionados con los estados de la e-factura o la remisión de información a las administraciones públicas.
Después de recibir las aportaciones de los prestadores de soluciones tecnológicas, empresas, personas interesadas o entidades, se estudiarán las propuestas y se redactará el proyecto de Reglamento Técnico pertinente para seguir avanzando en la puesta en marcha de esta medida.